Existen a nivel mundial alrededor de 3 mil 945 mercancías clasificadas como peligrosas para el transporte ya sea terrestre, marítimo o aéreo. En México, la responsable de emitir esta información de manera oficial para su transporte terrestre es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y lo hace a través de la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCT/2011 es un listado de las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados. Cada mercancía del listado se encuentra identificado con un número de cuatro dígitos el cual es precedido por el prefijo UN.
Todas las mercancías que se encuentran en este listado, requieren ser transportadas por vía terrestre a cualquier ciudad de la República Mexicana en unidades que tengan los permisos para transportar material peligroso, esto se encuentra especificado en el artículo 5 del Reglamento Federal para el Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos.
Favor de considerar la siguiente información del servicio de transporte de Mercancías Peligrosas
Su carga debe CUMPLIR con la NOM-003 y NOM-7 Normas Oficiales Mexicanas OBLIGATORIAS que emite la Secretaría de Comunicaciones y Transporte (SCT) para la distribución terrestre de Mercancías Peligrosa a nivel nacional: Embalaje de Especificación UN, Marcado y Etiquetado y con la Declaración de Mercancías Peligrosas (DGD) vía Terrestre conforme a la NOM-43. Documento de embarque para sustancias peligrosas.
TRANSPORTAMOS
CLASE 2 Gases
CLASE 3 Líquidosinflamables y combustibles
CLASE 4 Sólidos inflamables
CLASE 5 Oxidantes y peróxidos orgánicos
CLASE 6 Tóxicos e infecciosos
CLASE 8 Corrosivos
CLASE 9 Misceláneos
NO TRANSPORTAMOS
CLASE 1 Explosivos
División 2.3
División 4.2
División 5.2
CLASE 7 Radioactivos